domingo, 18 de octubre de 2015

PROCESO ELECCIONARIO DEL CONSEJO ESTUDIANTIL

¿Quienes pueden ser elegidos(as) como voceros(as) Estudiantiles?
Todos los y las estudiantes pueden ser elegidos (as) como voceros (as) Estudiantiles, fundamentándose en los derechos estipulados en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en su artículo 81: Derecho a participar.
"Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida familiar, comunitaria, social, escolar, científica, cultural, deportiva y recreativa, así como a la incorporación progresiva a la ciudadanía activa.
El Estado, la familia y la sociedad deben crear y fomentar oportunidades de participación de todos los niños, niñas y adolescentes y sus asociaciones"

Los y las estudiantes pueden postularse siempre y cuando se respete su voluntad y de acuerdo al
siguiente perfil:

  • Ser estudiante de educación media general o técnica en alguna institución del país.
  • Capacidad de liderazgo e integración
  • Compromiso y sentido de pertenencia
  • Comunicación asertiva
  • Participativos(as) y creadores(as)
  • Observadores(as) y analíticos(as)
  • Defensor(as) de la igualdad
  • Relacionarse con toda la comunidad armónicamente.
  • Propiciar una cultura de Paz.

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